CENTRO FEDERADO
 
CENTRO FEDERADO DE LA FACULTA DE CIENCIAS FORESTALES
ESTATUTO
 
Título I
  De la visión
    Art. 1:- El Centro Federado de Ciencias Forestales es una asociación de estudiantes forestales de pre-grado de la Facultad de Ciencias Forestales de la Universidad Nacional Agraria La Molina, sin fines lucro que promueve la participación activa del estudiante en la vida universitaria, defiende sus derechos ante cualquier amenaza y ayuda al estudiante de la Facultad de Ciencias Forestales a insertarlo en un marco global de desempeño.
 
Título II
  De la misión
    Art. 2.- El Centro Federado de Ciencias Forestales tienen la Misión de promover la participación de sus miembros en la vida universitaria, motivar al alumno a ser partícipe de la vida universitaria.
 
Título III
  De la Organización y funciones
   

Art. 3.- El Centro Federado de Ciencias Forestales se rige por la organización estudiantil dentro de la Universidad Nacional Agraria La Molina (FEUA), La Mesa Directiva se elige cada año mediante elecciones estudiantiles, y presenta la siguiente estructura:

       
    01. Presidente
    02. Vice - Presidente
    03. Secretaria General
    04. Secretaria de Economía
    05. Secretaria de Asuntos Estudiantiles y Académicos
    06. Secretaria de Cultura, Comunicación y RR.PP
    07. Secretaria de Deportes
 
  De las Funciones
    Art.4.- El presidente del Centro Federado tiene como funciones:
    01. Representar al alumnado de pre-grado de la Facultad De Ciencias Forestales ante la Federación de Estudiantes de la Universidad Nacional Agraria La Molina (FEUA) y en todo evento que lo requiera.
    02. Trazar en conjunto con la Mesa Directiva los Objetivos de la asociación en el corto, mediano y largo plazo.
    03. Proponer en conjunto con la Mesa Directiva un Plan de trabajo anual
    04. Asistir a las sesiones de Consejo de Facultad de Ciencias Forestales donde tendrá voz pero no voto.
    05. Comunicar al alumnado los acuerdos de Consejo de Facultad y todo hecho relevante a la vida estudiantil.
    06. Coordinar en conjunto con el Consejo de Facultad la asignación de prácticas pre-profesionales al alumnado de la Facultad de Ciencias Forestales.
    07. Promover actividades de integración dentro de la facultad.
    08. Mantener comunicación activa con otras organizaciones estudiantiles similares dentro del país y en el mundo.
    09. Revisar el cumplimiento de los objetivos de la asociación a corto, mediano y largo plazo y replantearlos cuanto fuera necesario.
    10. Evaluar junto con la Mesa Directiva el cumplimiento del Plan de Trabajo.
    11. Al término de sus funciones publicar el resumen de las actividades realizadas y el balance económico.
 
    Art. 5 El Vice-Presidente del Centro Federado tiene como funciones:
    01. Reemplazar al Presidente en sus funciones cuando éste se ausente.
    02. Organizar jornadas de trabajo voluntarias en conjunto con la Mesa Directiva y las áreas de la Facultas que lo soliciten.
    03. Coordinar y apoyar las actividades planeadas.
    04. Promover la participación del estudiante.
 
    Art. 6 Secretaria General, tiene como funciones:
    01. Archivar todo tipo de documentación que sea para el Federado de Ciencias Forestales.
    02. Velar por la documentación y mobiliario del Centro Federado de Ciencias Forestales, realizando los inventarios respectivos al comienzo y al final del periodo de su nombramiento.
 
    Art. 7 La Secretaria de Economía, tiene como funciones:
    01. Elaborar un presupuesto para cada actividad que realice la Mesa Directiva del Centro Federado de Ciencias Forestales.
    02. Registrar todos los ingresos y egresos del fondo para actividades del Centro Federado de Ciencias Forestales.
    03. Disponer del fondo del Centro Federado de Ciencias Forestales solo para fines determinados por la Mesa Directiva del Centro Federado.
    04. Presentar un balance bimensual del fondo.
    05. Presentar un balance al término de sus funciones.
    06. De ser necesario gestionar el apoyo económico para la realización de alguna actividad de los estudiantes al Departamento de Bienestar Estudiantil o a la entidad que convenga.
 
    Art. 8.- La Secretaria de Asuntos Estudiantiles y Académicos, tiene como funciones:
    01. Proponer ante las autoridades académicas cambios o mejoras al sistema académico.
    02. Recibir los descontentos y sugerencias de los estudiantes en busca de mejoras en la formación profesional.
    03. Coordinar con la Facultad de Ciencias Forestales las prácticas pre-profesionales, así como el otorgamiento de las mismas a los estudiantes.
    04. Mantener informado al estudiante de cursos auspiciados por la universidad, así como otros cursos y becas otorgadas a la universidad por otras instituciones.
    05. Velar por la solida formación académica y profesional del estudiante de Ciencias Forestales
    06. Brindar apoyo e información académica básica al estudiante. Pronunciarse sobre los problemas que atañen al estudiante.
 
    Art. 9.- Secretaria de Cultura, Comunicación y RR.PP, tiene como funciones:
    01. Apoyar la labor de difusión de las Actividades del Centro Federado.
    02. Publicar toda comunicación importante e información relevante a la vida estudiantil.
    03. Organizar eventos internos con el fin de exponer, discutir o divulgar diversos temas ligados al quehacer forestal.
    04. Coordinar con el comité editorial la publicación de la Revista de Estudiantes de Ciencias Forestales: Xilema.
    05. Mantener relaciones con otras universidades e instituciones culturales sociales y económicas, con fines de cooperación, asistencia y conocimientos recíprocos.
    06. Proyectar la imagen del Centro Federado dentro y fuera de la Universidad y del País.
 
    Art. 10.- La Secretaria de Deportes, tiene como funciones:
    01. Organizar actividades deportivas tanto para damas, caballeros o mixtas dentro de la Facultad de Ciencias Forestales.
    02. Coordinar actividades deportivas inter facultades
    03. Coordinar la prestación de uniformes para los equipos participantes en juegos inter facultades
    04. Coordinar la participación de los estudiantes en los diferentes eventos y actividades de universidad.
 
Título VI
  De los Servicios
    Art 11. El Centro Federado de Ciencias Forestales ofrece los siguientes servicios a la comunidad estudiantil en general:
    01. Biblioteca de estudiantes.
    02. Área de estudio.
    03. Servicio higiénicos.
    04. Servicios de asesoría en materia académica.
    05. Servicio de fotocopiadora.
    06. Red de contactos
    Los dos primeros servicios son ofrecidos directamente por los estudiantes tanto de la Mesa Directiva como voluntarios, los demás son ofrecidos por concesionarios.
 
Título V
  De las Alianzas y Organizaciones Paralelas
    Art. 12.- El Centro Federado de Ciencias Forestales apoyara cualquier actividad que mantenga los principios de fraternidad, libertad e igualdad en el trabajo forestal tanto de estudiantes como profesores y ex-alumnos.
    Art.13.- El Centro Federado de Ciencias Forestales tendrá participación directa dentro del Comité Editorial de la Revista de Estudiantes Forestales de la UNALM: Xilema.
    Art 14.- El Centro Federado de Ciencias Forestales buscara la forma de financiar el mejoramiento de la infraestructura de su local, buscando el apoyo de su Universidad y del sector Privado.
 
Título VI
 

De la Conducta

    Art 15.- El Centro Federado de la Facultad de Ciencias Forestales se acoge al reglamento Interno de la Universidad Nacional Agraria la Molina.
    Art 16.- Todos los integrantes de la Mesa Directiva del Centro Federado de Ciencias Forestales. Tienen la obligación de velar por el buen comportamiento de las personas que se encuentran dentro de su local.
    Art 17.- El presidente DEL Centro Federado tiene el derecho y la Obligación de remover de su cargo a cualquier miembro de su mesa directiva, por los siguientes motivos:
    01. Por incumplimiento repetido (3 o más veces) de alguno de sus deberes.
    02. Por conducta indecorosa, que denigre tanto a su persona como a su Federado.
    03. Por falta a la verdad.
    04. Este retiro de algún miembro de la Mesa Directiva por parte del presidente debe contar con la aprobación de al menos la mitad de los miembros de su directiva hábiles, o también solo con las firmas de 10% alumnos Regulares de la Facultad de Ciencias Forestales. El Presidente también puede ser removido de su cargo pero con la aprobación del resto de la directiva (miembros Hábiles), o que con las firmas del 51% de los alumnos Regulares de la Facultad de Ciencias Forestales.
    05. También es motivo de separación de cualquier miembro de la mesa directiva, el no asistir a tres reuniones ordinarias consecutivas o en total, de la mesa directiva. Es obligatorio realizar como mínimo, dos reuniones ordinarias al mes en la cual la asistencia es obligatoria. Las fechas y horas se deben publicar antes del inicio de cada mes. El lugar donde se realizaran será el local del Centro Federado de Ciencias Forestales. Se pueden realizar otras reuniones extraordinarias pero la inasistencia a estas no es motivo de separación.
    Nota: Se pueden justificar las inasistencias a las reuniones ordinarias con los siguientes motivos, encontrarse de viaje con la Universidad, encontrarse delicado de salud justificándolo con la constancia respectiva del Departamento Médico de la Universidad Nacional Agraria La Molina.
 
Título VII
  Del Patrimonio
    Art 18.- Todas las Directivas Salientes están en la Obligación de Presentar aparte del Estado de Cuenta General de su Gestión, los siguientes Documentos
    01. Inventario de los libros de la Biblioteca del Centro Federado de Ciencias Forestales.
    02. Inventario de todos Muebles del Federado, con sus Características y estado en el que se encuentren.
    03. Estos Documentos serán conservados por todas las directivas, que cuidaran de dichos documentos, ya que representan el patrimonio de nuestro Federado
 
Título VIII
    Art.19.- Cada Presidente Entrante solo podrá firmar cualquier Contrato de Arrendamiento y/o alquiler de algún Ambiente del Local del Federado solo por su periodo, como máximo 6 meses más después de concluir su mandato.
    Art 20.- Cualquier Venta de libros o Artículos dentro del Federado. Deben generar un ingreso para el Federado.