Trascendencia de la CTS
en la docencia Universitaria
Docentes de la Universidad Nacional Agraria La Molina, participaron en el Foro Universitario “La CTS y el aumento de sueldos de docentes universitarios”, organizado por la Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República.
El mismo, contó con la presencia del Dr. Américo Guevara Pérez, rector de la UNALM, quien manifestó que las CTS para los docentes universitarios es un tema vital, por el cual se viene trabajando arduamente “nuestros docentes se merecen sueldos dignos, lo cual representa un respaldo, para que puedan tener calidad de vida al momento de su cese” manifestó.
Asimismo, agradeció al Congresista José María Balcázar y a la Comisión de Educación, Juventud y Deporte, por unirse a esta lucha y seguir insistiendo en la aprobación de leyes en favor de nuestros docentes universitarios, como es la modificatoria de la Ley Universitaria, a fin de establecer beneficios laborales para el docente ordinario.
Dejo entrever también, que esta no es la misma apertura desde el ejecutivo que observó la autógrafa de Ley que incorpora los Artículos 96-A, 96-B Y 96-C en la Ley 30220, Ley Universitaria, y que establece los beneficios laborales para nuestros docentes.
Manifestando la existencia del Decreto Supremo N° 341-2019-EF, el cual estableció en su artículo 1.1 que el docente ordinario de las universidades nacionales percibe una CTS equivalente al 50% de su remuneración mensual, correspondiente a su categoría docente y régimen de dedicación al momento del cese, por año de servicio, por cada mes y día de servicio, de forma proporcional.
Esta observación, quedaría subsanada con lo establecido en el artículo el Art. 24 de la Constitución Política del Perú que señala que el trabajador tiene derecho a una remuneración equilibrada y suficiente que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual.
Además de lo determinado por el Tribunal Constitucional que ha establecido de manera firme, respecto al pago del CTS al 100% a los trabajadores del país, derecho consagrado en los tratados y convenios en los cuales el país es firmante y adherente.
La Ley que propone por insistencia la Comisión de Educación, está relacionada directamente con las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional. Es por ello, que se hace urgente la aprobación de esta Ley, que permitirá que nuestros docentes reciban una compensación por tiempo de servicios –CTS, la que se le otorgará al momento de su cese, equivalente al cien por ciento (100%) de su remuneración mensual correspondiente a su categoría docente y régimen de dedicación por cada año o fracción de servicio prestado.
El docente universitario desempeña un rol fundamental en la educación superior del país, pero no es tomada en cuenta por los gobiernos de turno. La universidad pública no es política de estado, a pesar de su importancia para la competitividad y desarrollo de la nación.
La insistencia de este proyecto, y su aprobación como Ley, es un reconocimiento a nuestros docentes que por muchos años han venido siendo postergados en el pago de su CTS, lo cual es un derecho que ya tienen los trabajadores del sector privado y también los maestros de primaria y secundaria. Es un derecho tardío para el profesor universitario que debe ser efectivo en el menor tiempo posible.
Asistieron a este evento, el Congresista José María Balcázar Zelada, presidente de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República, el Congresista Jorge Marticorena Mendoza, la Dra. Gloria Cruz Gonzales, vicepresidente de la Asociación Nacional de Decanos de las Universidades Públicas y el Ing. Alfonso Mendoza Gamarra, representante de la Federación de Docentes de las Universidades Publicas del Perú FENDUPP-H. y Coordinadora General de la Unidad Sindical de Docentes Universitarios del Perú.
- Redacción: Imagen Institucional