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ELECCIONES UNALM 2021
Conoce las responsabilidades de las autoridades

(2020 diciembre 11). – El Comité Electoral Universitario (CEU) recibe el apoyo permanente de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para llevar a cabo con eficiencia, puntualidad y transparencia los próximos comicios en la UNALM.

El presidente del CEU, profesor Iván Soto Rodríguez, comentó a Gaceta Molinera sobre la importancia de mantenerse informados de todo el proceso electoral para poder tomar una elección de acuerdo con las expectativas individuales pero con una visión institucional, sabiendo que en este acto se decidirá la gestión de los próximos cinco años de la UNALM, en el caso de las altas autoridades.

Las elecciones de los nuevos representantes universitarios se darán en medio de la crisis desatada por el COVID-19, por lo cual con mucha anticipación el CEU solicitó el apoyo de la ONPE para poder llevar a cabo el acto electoral virtual no presencial en esta casa de estudios, contando con un soporte técnico y legal en cada una de sus acciones durante todas las actividades programadas según su calendario.

Ámbito funcional de las altas autoridades:

Según la Ley Universitaria 30220 (VER), en el artículo 60 se detalla sobre las responsabilidades del rector, siendo las siguientes: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”. Asimismo, en el artículo 62 señala cuáles son las atribuciones y ámbito funcional del Rector:

Rector:

  • Presidir el Consejo Universitario y la Asamblea Universitaria, así como hacer cumplir sus acuerdos.
  • Dirigir la actividad académica de la universidad y su gestión administrativa, económica y financiera.
  • Presentar al Consejo Universitario, para su aprobación, los instrumentos de planeamiento institucional de la universidad.
  • Refrendar los diplomas de grados académicos y títulos profesionales, así como las distinciones universitarias conferidas por el Consejo Universitario.
  • Expedir las resoluciones de carácter previsional del personal docente y administrativo de la universidad.
  • Presentar a la Asamblea Universitaria la memoria anual, el informe semestral de gestión del Rector y el informe de rendición de cuentas del presupuesto anual ejecutado.
  • Transparentar la información económica y financiera de la universidad.
  • Las demás que le otorguen la ley y el Estatuto de la universidad.

Por otro lado, en el artículo 65, señala las atribuciones de los vicerrectores (Académico y de Investigación), los cuales se determinarán según sus funciones:

Vicerrector Académico:

  • Dirigir y ejecutar la política general de formación académica en la universidad.
  • Supervisar las actividades académicas con la finalidad de garantizar la calidad de las mismas y su concordancia con la misión y metas establecidas por el Estatuto de la universidad.
  • Atender las necesidades de capacitación permanente del personal docente.
  • Las demás atribuciones que el Estatuto o la ley le asignen.

Vicerrector de Investigación:

  • Dirigir y ejecutar la política general de investigación en la universidad.
  • Supervisar las actividades de investigación con la finalidad de garantizar la calidad de estas y su concordancia con la misión y metas establecidas por el Estatuto de la universidad.
  • Organizar la difusión del conocimiento y los resultados de las investigaciones.
  • Gestionar el financiamiento de la investigación ante las entidades y organismos públicos o privados.
  • Promover la generación de recursos para la universidad a través de la producción de bienes y prestación de servicios derivados de las actividades de investigación y desarrollo, así como mediante la obtención de regalías por patentes u otros derechos de propiedad intelectual.
  • Las demás atribuciones que el Estatuto o la ley le asignen

Para el caso de Consejo de Facultad, la ley estable en el artículo 67 las siguientes funciones y atribuciones:

  • Proponer al Consejo Universitario la contratación, nombramiento, ratificación y remoción de los docentes de sus respectivas áreas.
  • Aprobar los currículos y planes de estudio, elaborados por las Escuelas Profesionales que integren la Facultad.
  • Dictar el Reglamento académico de la Facultad que comprende las responsabilidades de docentes y estudiantes, así como los regímenes de estudio, evaluación, promoción y sanciones, dentro de las normas establecidas por el Estatuto de la universidad.
  • Conocer y resolver todos los demás asuntos que se presenten dentro del área de su competencia.

PARA TOMAR EN CUENTA:

Recordamos EL ESLOGAN que ha impuesto el CEU de la UNALM: ˇMolinero informado, vota bien!

Hernán Toribio Chahua


 


 

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