El abogado Anicama mencionó que el Estado permite aprovechar recursos naturales forestales, según lo estipulado en la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (N°26821) y la Ley Forestal y de Fauna Silvestre (N°29763). Esta última tiene como finalidad promover la conservación, protección, el incremento y uso sostenible del patrimonio forestal y de fauna silvestre dentro del territorio nacional, integrando su manejo con el mantenimiento y mejora de los servicios de los ecosistemas.
Por otro lado, el representante de SERFOR explicó que la fauna silvestre la componen todos los animales no domesticados, que viven libremente y se reproducen en la tierra, la cual se divide en especies nativas, exóticas y domésticas asilvestradas.
«La fauna silvestre incluye a los animales nacidos en tierra y a los anfibios, pero excluye a las especies que nacen en las aguas marinas o continentales, estas se rigen por otra ley y competencia del Ministerio de la Producción (PRODUCE)», destacó Anicama.
Exportación e importación de fauna silvestre
La abogada Patricia Torres, especialista en derecho de recursos naturales de la Dirección de Políticas y Regulación del SERFOR, comentó que el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre determina el grado de amenaza de las especies en cinco categorías: especie en peligro crítico, especie en peligro, especie en situación vulnerable, especie casi amenazada y especies con datos insuficientes. Las dos últimas clasificaciones están basadas en el principio precautorio.
La Ley Forestal y de Fauna Silvestre prohíbe el comercio exterior de especies amenazadas y la importación de especies exóticas invasoras (no originario del Perú) y potencialmente invasoras.
Según el Ministerio del Ambiente, las especies exóticas invasoras son especies animales o vegetales no nativas de un lugar o región, que sobreviven, se reproducen, establecen y dispersan con éxito en una nueva región geográfica. De este modo son capaces de amenazar ecosistemas, especies, hábitats, e inclusive a la salud pública y a las actividades productivas. Actualmente están identificadas como la segunda causa de pérdida de biodiversidad a nivel mundial.
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