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(2012, ABRIL 24).- La conferencia estuvo dirigida a los alumnos de la Facultad de Economía y Planificación de la UNALM, en la cual el economista Max Carbajal, experto en el tema, explicó la problemática del sector eléctrico peruano, su desarrollo y reglamentación, también en su calidad de ex funcionario de Osinergmin detalló los roles que cumple esa entidad dentro de las tres actividades del sector: Generación,Transmisión y Distribución. |
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Carbajal Navarro explicó que era indispensable tener una regulación en el sector eléctrico. No obstante, debido a que cada segmento de la cadena productiva del sistema eléctrico tiene características particulares, los modelos a utilizar serán diferentes. Agregó que la generación y potencial eléctrico con energías renovables en el Perú
están distribuidas principalmente en cuatro sectores: El Potencial Hídrico, El Potencial Eólico, el Potencial Geotérmico y el Potencial Solar.
Respecto al Potencial hídrico, señaló que el MINEM ha realizado un estudio preliminar del potencial hídrico aprovechable por centrales hidroeléctricas de hasta 100 MW, estimando un potencial aproximado de 70000 MW. El anterior estudio del potencial hidroeléctrico data de la década del 70. Potencial técnicamente aprovechable y aproximado de 60 000 MW, donde el 86% proviene de los recursos de la Cuenca del Atlántico, 14% de la Cuenca del Pacífico y 0,3% de la Cuenca del Río Titicaca.
Con referencia al Potencial Eólico, el expositor indicó que el mayor potencial eólico se encuentra en la costa del Perú, debido a la fuerte influencia del anticiclón del Pacífico y de la Cordillera de los Andes, que generan vientos provenientes del suroeste en toda la región de la costa. Y finalmente, manifestó que en lo que respecta al Potencial Solar, no se ha estimado el potencial en términos de capacidad de proyectos solares para generación eléctrica. “El Atlas Solar solo contiene registros de rangos promedio de radiación solar para cada mes del año”.
Asimismo añadió que, producto de la reforma en generación se presentan lictaciones de contrato de suministro: “Se presentan licitaciones de contratos de largo plazo para el suministro de energía a cargo de las distribuidoras (Ley Nº 28832). El precio resultado de dichas subastas se denomina Precio Firme. OSINERGMIN fija un Precio base o máximo, con el objetivo de evitar comportamientos colusivos, el cual se mantiene en un sobre cerrado, solo se revela si las ofertas sobrepasan dicho monto sin cubrir la energía subastada. En las subastas, las hidroeléctricas tienen un premio, el cual tiene como objetivo su promoción. Los Clientes Libres, así como otras distribuidoras, pueden incorporarse a la licitación que haya convocado una distribuidora. Sin embargo, la prioridad la tendrá el mercado regulado. En las licitaciones de largo plazo solo se subasta energía, el precio de potencia es fijado por OSINERGMIN”. FInalmente mencionó que también se presentan licitaciones en transmisión electrica y que existe una propuesta para introducir mejoras en la regulación de la distribución eléctrica. |